“AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO”
Carabayllo, 21 de Noviembre de 2011
Señor
CPC Rafael Álvarez Espinoza
Alcalde de Municipalidad de Carabayllo
Presente.-
Atención: Regidor JOHNNY ROGER TOMA JAIMES
Presidente de la Comisión de Asuntos
Jurídicos
ULISES MENDOZA ESPINO, identificado con DNI N°09552491, con domicilio en el AA. HH. Villa El Polvorín manzana B lote N| 08 del Distrito de Carabayllo, ante usted me presento y digo:
Que, recurro a su Despacho, con la finalidad de aportar porque se debe suspender al Alcalde de Carabayllo, Rafael Álvarez Espinoza por los fundamentos que paso a exponer :
1. Que, conforme lo establecido al artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de bases de Carrera Administrativa en donde se dispone que los servidores públicos son responsables civil, penal y administrativamente por incumplimiento de las normas le gales y administrativas en el ejercicio del servidor público , sin perjuicio a la sanción de carácter administrativa, por la falta que cometan ,
2. Por otro lado el articulo 155 del Decreto Supremo Nº 005-90 -PCM - Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa señala que los servidores públicos serán sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativa en el ejercicio de sus funciones , sin perjuicio por los dispositivos legales , sin embargo , el articulo 165 seguido parte del Reglamento establece que el proceso de funcionario se constituirá una comisión especial integradas por tres miembros , de acorde con la jerarquía del procesado , siendo el Alcalde administrativamente como la máxima autoridad administrativamente y siempre cuando no adopte los correcciones necesarias y sancione a los funcionarios por el incumplimiento de funciones .
3. Como es el caso nuestra autoridad edil de la Municipalidad de Carabayllo, hace caso a cumplir con la Ley , en vista que la Municipalidad de carabayllo., no cuenta con un TUPA ratificado por la MDC , no se ha sancionado administrativamente a los funcionarios responsables administrativamente , civil y penal
4. Sobre la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es letra muerta ya que no entrega información a los vecinos y el portal de transparencia , solo cumple con señalar las obras del Alcalde
5. Sobre las Recomendaciones de OCI , el Alcalde es renuente a ser cumplir dichos informes , para mejor la labor municipal
6. Sobre el Cabildo Abierto , hasta la fecha no ha convocado a la población , , a pesar de que presentado en mesa de partes de la MDC . una propuesta de ordenanza , y un reglamento
7. Sobre el TUPA, instrumento administrativo que hasta la fecha no se encuentra ratificado por la Municipalidad de Lima – Metropolitana , de acuerdo a lo que señala la LOM .
POR LO TANTO
Sírvase tramitar conforme a Ley
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ULISES MENDOZA ESPINO
DNI N°09552491
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