JNE...
1) 3 VOCALES SALVAN TEMPORALMENTE A FELIPE CASTILLO
2) NO SE PODRÍA VACAR PORQUE ACABÓ MANDATO EL 2010.
3) NO SE PRONUNCIAN SOBRE USO ILEGAL DE TRIBUTOS
VOCAL DEL JNE DR. JOSE PEREIRA:
1) SÍ PROCEDE VACANCIA PORQUE USÓ CAUDALES
2) SI ESTAMOS EN PLAZO DE DECLARAR SU VACANCIA
3) JNE CREA REGIMEN DE EXCEPCION PARA IMPUNIDAD
LUIS PASTOR: ...
1) RESOLUCIÓN N° 721-2011 CONFIRMA CAUSAL DE VACANCIA,
2) RESPALDAMOS DICTAMEN JNE DEL VOCAL DR. JOSE PEREIRA,
3) FALLO DE 3 VOCALES DEL JNE VIOLÓ EL DEBIDO PROCESO
3 Vocales del JNE, de un total de 5 magistrados, tomaron la decisión dividida de declarar infundada la Vacancia de Felipe Castillo planteada por el Dr. Luis Pastor de Iniciativa Ciudadana. NO lo absuelven pero tampoco lo destituyen, salvando temporalmente al cuestionado burgomaestre.
Así mediante la Resolución N° 721-2011-JNE publicada en horas de la mañana de hoy 16 de noviembre del 2011, no lo absolvieron de los cargos imputados pero señalaron que no se le puede destituir por cuanto su mandato venció el 31 de diciembre del 2010. Recordemos que el 18 de junio del presente, mediante la Resolución N° 489-2011, se anuló la Resolución N° 235-2011-JNE y también dicho argumento, declarándose que sólo faltaba comprobar si se utilizaron o no los tributos municipales para el negocio privado del Alcalde.3 Vocales del JNE, de un total de 5 magistrados, tomaron la decisión dividida de declarar infundada la Vacancia de Felipe Castillo planteada por el Dr. Luis Pastor de Iniciativa Ciudadana. Motivo por el cual salvarían temporalmente al cuestionado burgomaestre.
Así mediante la Resolución N° 721-2011-JNE publicada en horas de la mañana de hoy 16 de noviembre del 2011, no lo absolvieron de los cargos imputados pero señalaron que no se le puede destituir por cuanto su mandato venció el 31 de diciembre del 2010. Recordemos que el 18 de junio del presente, mediante la Resolución N° 489-2011, se anuló la Resolución N° 235-2011-JNE y también dicho argumento, declarándose que sólo faltaba comprobar si se utilizaron o no los tributos municipales para el negocio privado del Alcalde.3 Vocales del JNE, de un total de 5 magistrados, tomaron la decisión dividida de declarar infundada la Vacancia de Felipe Castillo planteada por el Dr. Luis Pastor de Iniciativa Ciudadana. Motivo por el cual salvarían temporalmente al cuestionado burgomaestre.
Sin embargo el mismo JNE a través del Dr. José Pereira, emitió Dictamen señalando que SI SE DEBE DECLARAR LA VACANCIA DE FELIPE CASTILLO, porque se ha acreditado mediante los comprobantes de pago que cometió la infracción de contratar en simultáneo en su doble condición de Alcalde y de Presidente de su Negocio Privado (Universidad Privada); ademas de ello señala que los 3 Vocales encabezados por el Presidente del JNE con esta Resolución están estableciendo un régimen de excepción de impunidad al decir que... como acabó el mandato el 31 diciembre 2010 entonces se extingen sus infracciones, el vocal del JNE Jos´´e Pereira precisa que cuando lo que se ha producido una reelección se ha generado una extensión del mandato de la misma autoridad.
Finalmente, el Dr. Luis Pastor, integrante de la Directiva del CAL y promotor de la Vacancia de Felipe Castillo, señaló ..."Respaldamos el Dictamen JNE del Vocal Dr. Jose Pereira; se ha confirmado por todos los Vocales del JNE, de mayoría y minoría, que el Alcalde sí utilizó los tributos para su negocio privado; ahora es el JNE quien revela que la Contraloría ocultó los originales de los comprobantes de pago que acreditan la Vacancia; finalmente, los 3 vocales que rechazan la vacancia han violado el proceso, y serán sancionados, por cuanto sólo tenían que fallar con respecto al Exp.Conafu y a los Comprobantes de Pago, lo cual implica una violación al debido proceso; INICIATIVA CIUDADANA volverá a dar una nueva lección de civismo y de legalidad...". finalizó.
HOY 9PM CONFERENCIA DE PRENSA DE INICIATIVA CIUDADANA
EN EL LOCAL CENTRAL DEL PASAJE LOS PLANETAS 121. SOL DE ORO. LOS OLIVOS
Con el ruego de su publicación
Juan Carlos Egoavil COMUNICACIONES
998000090, RPM # 161166, Nextel 123*2222
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