Comite Anticorrupcion de Carabayllo

lunes, 31 de octubre de 2011

EL CORIFEO DE CARABAYLLO Y SUS CHUPAMEDIAS




En el mes de abril del 2009, en la ciudad de Lima – distrito de Carabayllo, se produjo la vacancia del Alcalde Distrital Miguel Ríos Zarzosa y asumió dichas funciones el CPC. Rafael Álvarez Espinoza; apenas asumió el mencionado cargo, concurrió al local institucional del Comité Anticorrupción por Dignidad de Carabayllo y no manifestó que conociendo él, tantas fechorías cometidas por Miguel Ríos Zarzosa, en menos de treinta días lo iba a denunciar y en poquísimo tiempo iría a parar a la cárcel con todos sus huesos. Lo cierto es que han pasado más de treinta meses y hasta ahora ninguna denuncia y menos aún cárcel a la vista ¿qué ocurrió?, ¿se reunieron?, ¿se asustó?, ¿Son cómplices?; no lo sabemos a ciencia cierta, lo que sí sabemos es que el CPC. Rafael Álvarez Espinoza nos mintió vilmente.
Luego de recordar esa triste reunión, en esta oportunidad nos ocuparemos brevemente del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, importante instrumento de gestión; pues en dicho documento se establecen los procedimientos administrativos por servicios que la Municipalidad debe brindar a la ciudadanía del ámbito distrital, ¿sabían ustedes que el TUPA que hoy se aplica en Carabayllo es ILEGAL?, ¿Se conoce la investigación que sobre el TUPA viene realizando la Fiscalía Penal Anticorrupción?
El CPC. Rafael Álvarez Espinoza – Alcalde Distrital de Carabayllo, repetimos la sigla de su título profesional y sus nombre, pues así se marketéa el Alcalde en los vehículos que recogen la basura; los Regidores del Consejo Municipal y los Funcionarios de la Municipalidad no cumplen con su función al no actualizar el TUPA ¿Por qué creen ustedes que no actualizan el TUPA?, ¿porque son ineptos o porque son pillos?
En nuestro caso; o sea, el Comité Anticorrupción por la Dignidad de Carabayllo, vamos a emitir una opinión al respecto, consideramos que a las mencionadas autoridades municipales no les conviene que en el municipio impere el orden y la legalidad, ya que ante un TUPA ILEGAL; aplican para los procedimientos administrativos los plazos que les da la gana, no cumple con la Ley del Silencio Administrativo y por supuesto cobran abusivos y desmesuradas tasas. Por lo que, los administrados deben cumplir la normatividad así sea ilegal y la administración hace caso omiso del marco jurídico; es decir a los ciudadanos del distrito nos aplican la ley del embudo, lo ancho para ellos y lo angosto para los ciudadanos del distrito.
No debemos olvidar que el CPC. Rafael Álvarez Espinoza fue elegido Regidor en el periodo 2003 – 2006, reelegido Teniente Alcalde en el periodo 2007 -2010, periodo en el cual fue vacado el ex Alcalde Miguel Ríos Zarzosa y el CPC Rafael Álvarez Espinoza asume el cargo para completar los 20 meses de gestión que faltaban para completar el periodo. En el año 2010 es elegido como Alcalde por el periodo 2011 – 2014; o sea hasta la fecha nueve años en el poder con mayoría absoluta ¿Por qué no habrá podido actualizar el TUPA?, que raro ¿no?, ¿será por incapacidad o le conviene el desorden?

                                                                                                                              Víctor Enrique Marengo Matute
Miembro del Comité Anticorrupción

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