La referida asignación será entregada por única vez y no tendrá un carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable, y tampoco se encuentra sujeta a cargas sociales, tal como lo establece el Decreto Supremo N° 224-2011-EF, publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano.
La disposición precisa que no podrá recibir la asignación el personal que presta servicios extrainstitucionales, los cadetes y alumnos de las escuelas de formación y personal civil.
Oportunidad
En un plazo no mayor de cinco días calendarios contados desde hoy (ayer), indica la norma, el Ministerio del Interior designará al órgano responsable de la evaluación de los indicadores para el otorgamiento del bono.
Entre los requisitos establecidos para acceder a la referida bonificación se incluye haber prestado servicios durante 2011, y no haber sido sancionado con más de 20 días de arresto simple durante el período evaluado.
Se establece que los postulantes al bono no deben tener sanciones disciplinarias con arresto de rigor.
Condiciones
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 224-2011-EF, el referido bono se otorgará también al personal que haya pasado a la situación de disponibilidad o retiro durante el presente año, pero que tuvo la condición de activo durante el período de evaluación respectiva y cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento.
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