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jueves, 7 de junio de 2012

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES, RECHAZA ENÉRGICAMENTE TÉRMINOS OFENSIVOS DE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA



Mediante Acuerdo de Concejo, el municipio de San Martín de Porres, rechaza expresiones referentes al gobierno local contenidas en la Ordenanza Nº 261-2012-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia.
                      
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 027-2012-MDSMP

San Martín de Porres, 27 de abril del 2012

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 27.ABRIL.2012, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre Ordenanza aprobada por la Municipalidad Distrital de Independencia; y

CONSIDERANDO:

Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre la Ordenanza Nº 261-2012-MDI (02.ABRIL.2012) aprobada por la Municipalidad Distrital de Independencia y que nuevamente pretende vulnerar la integridad territorial de nuestro distrito, en un afán de consolidarse en una zona vecinal identificada plenamente con San Martín de Porres, desconociendo las respectivas leyes de creación distrital, el Acta de Compromiso de fecha 07.MAYO.1996, así como el propio mandato del Tribunal Constitucional (máximo órgano de control de la Constitución Política del Perú) que, en su Sentencia recaída en el Expediente Nº 1367-2002-AC/TC (08.ENERO.2003), en su Segundo Fundamento señala que “…a partir de la dación de la Ley Nº 25017 se ha generado un conflicto sobre delimitación territorial entre distritos, el cual no corresponde ser dirimido en esta instancia, sino por los órganos competentes en materia de demarcación territorial, tal como lo señala el Acta de Compromiso que obra en autos a fojas 35, en la que diversos distritos, incluidas las partes, acordaron someterse a la decisión arbitral de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Congreso de la República, para dar solución a dicho conflicto…”.

Que, siendo así, ninguna otra instancia pública puede arrogarse la titularidad de solución al problema no creado por nuestro distrito de San Martín de Porres, sino por la deficiencia técnica de la Ley Nº 25017 – de creación del distrito de Los Olivos; por lo que carece de sustento la parte considerativa de la cuestionada Ordenanza, cuando señala que algunas autoridades judiciales le han otorgado la razón o derecho; toda vez que aún el Congreso de la República no se ha pronunciado finalmente, como debe hacerlo en cumplimiento al mandato del Tribunal Constitucional; y que estamos plenamente convencidos será a favor de San Martín de Porres.

Que, por las razones señaladas en los Considerando que anteceden, las autoridades de la Municipalidad de Independencia no sólo se alteran anímicamente, formando comisiones o secretarías técnicas, u ofreciendo beneficios tributarios en un sector vecinal que no les corresponde, sino que apelan al agravio, consignando en la Ordenanza materia del presente acuerdo, términos que resultan incoherentes, como que a nuestros vecinos estamos “…induciéndoles a efectuar indebidamente pagos por tributos y trámites de licencias…” o que nuestra municipalidad realiza “…campaña de presión, desinformación y confusión…”.

Que, lo único cierto es que somos respetuosos de las leyes vigentes y de los mandatos que emiten los órganos jurisdiccionales competentes, como el Tribunal Constitucional, o los que apruebe el propio Congreso de la República; por lo que el Pleno del Concejo rechaza tajantemente los términos ofensivos y falsos contra nuestro distrito, contenidos en la parte considerativa de la Ordenanza Nº 261-2012-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia;

De conformidad con los artículos 39 y 41 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con la facultad conferida mediante Resolución de Alcaldía Nº 139-2012/MDSMP (17.ABRIL.2012); con el Voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba el siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- RECHAZAR ENÉRGICAMENTE los términos ofensivos a nuestro distrito y al gobierno local de San Martín de Porres, contenidos en la parte considerativa de la Ordenanza Nº 261-2012-MDI (02.ABRIL.2012) de la Municipalidad Distrital de Independencia.

Artículo Segundo.- DISPONER que las áreas administrativas correspondientes asuman sus funciones en defensa de nuestros vecinos y la integridad territorial de San Martín de Porres.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CARMEN ROSA BEAS ARANDA
(e) Alcaldía
  
Visite:

Atte.
Luis Llumpo Ch.
Director General
RPC 994815132

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