Comite Anticorrupcion de Carabayllo

viernes, 11 de mayo de 2012

GOBIERNO PUBLICA DECRETO SUPREMO SOBRE COMERCIALIZACIÓN DE ORO Y FORMALIZACION DE MINEROS INFORMALES Y ARTESANALES

 
PERÚ

Presidencia del Consejo de Ministros

Secretaria
 General

Oficina de Prensa e
Imagen Institucional
 “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”

Nota de Prensa N° 242-PCM

GOBIERNO PUBLICA DECRETO SUPREMO SOBRE COMERCIALIZACIÓN DE ORO  Y FORMALIZACION DE MINEROS INFORMALES Y ARTESANALES

  • Empresa estatal Activos Mineros S.A.C. y Banco de la Nación intervendrán  en operaciones de compraventa del mineral.

Tal como lo anunció el jefe del Gabinete de Ministros, Oscar Valdés Dancuart, hoy se publicó el decreto supremo N°012-2012-EM, en el diario oficial El Peruano, que otorga a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. las facultades para fortalecer el proceso de formalización así como para emitir disposiciones referidas a la comercialización del oro proveniente de pequeños productores mineros y mineros artesanales.

Activos Mineros S.A.C. implementará un programa temporal de formalización para los proveedores de oro quienes serán incluidos en un registro de transacciones, donde constarán sus operaciones de compraventa. El proceso durará un plazo máximo de dos años (o 24 meses), tal como lo estipula el Decreto Legislativo N° 1105, artículo 3°.

De esta manera, se excluye a los mineros informales y mineros artesanales que operan en zonas autorizadas, de las drásticas acciones que realiza el Gobierno contra la minería ilegal, la que está causando grave daño al medioambiente y a la economía nacional y que mantiene vínculos con el narcotráfico.

De acuerdo con la norma, Activos Mineros S.A.C. podrá realizar progresivamente operaciones de compraventa de oro, para lo que se autoriza al Banco de la Nación a prestar los servicios bancarios necesarios, sin que la adquisición implique subsidio o distorsión del mercado.

La empresa estatal deberá mantener un registro actualizado en medio electrónico de los titulares de plantas de beneficio y demás comercializadores con los datos básicos y el código de presentación de la Declaración de Compromisos de Formalización.

Como parte de las medidas complementarias, el Ministerio de Energía y Minas establecerá un Registro Especial, en el cual deberán inscribirse obligatoriamente todas las personas naturales y jurídicas dedicadas a la comercialización de oro y proveerá de los recursos necesarios para la sostenibilidad financiera para el cumplimiento del D.S. sin requerir recursos adicionales al Tesoro Público.

Anoche, durante tres horas de diálogo, realizado en la Presidencia del Consejo de Ministros, el jefe del Gabinete de Ministros, Oscar Valdés Dancuart y el ministro de Energía y Minas, Jorge Merino adelantaron el contenido del decreto supremo a 38 dirigentes mineros, representantes de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Piura y Puno.

La Presidencia del Consejo de Ministros, confirma su plena disposición al diálogo y su política permanente de puertas abiertas con todos los gremios de mineros artesanales e informales, con las que ha mantenido reuniones y compromisos asumidos, en las últimas semanas, y que permitan encontrar soluciones pacíficas a favor de todo el país.


Lima, 09 de mayo de 2012.
Oficina de Prensa e Imagen Institucional.

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