El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente, por unanimidad, el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que ordena la revisión del último lote de firmas presentado por los promotores de la consulta popular de revocatoria de las autoridades municipales limeñas, entre ellas la alcaldesa Susana Villarán.
La impugnación fue impulsada por el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) y el regidor de la Municipalidad de Lima Marco Antonio Zevallos Bueno.
El colegiado reiteró que el Reniec indujo a error al promotor de la revocatoria, Carlos Vidal Vidal, al señalarle mediante comunicación oficial (Carta N° 059-2012/GOR/SGAE/Reniec) que el plazo para la presentación de firmas de adherentes vencía el 6 de julio y no el 5 de julio como correspondía.
Señaló que el ciudadano actuó guiado por la confianza que le inspiraba dicha información, por lo que “no puede desconocerse la legitimidad de su accionar, más aún si tal pronunciamiento no fue revocado en su oportunidad por quien tenía plenas facultades para hacerlo”, indicó el organismo electoral.
Señaló que el ciudadano actuó guiado por la confianza que le inspiraba dicha información, por lo que “no puede desconocerse la legitimidad de su accionar, más aún si tal pronunciamiento no fue revocado en su oportunidad por quien tenía plenas facultades para hacerlo”, indicó el organismo electoral.
Marco Tulio Gutiérrez, vocero del comité promotor de la revocatoria de Villarán de la Puente, saludó la decisión del JNE y refirió que su grupo ha solicitado a ese ente que ya establezca la fecha tanto para la consulta popular como para la nuevas elecciones que se realizarían.
Asimismo, se pronunció sobre el pedido de recusación presentado hoy por los regidores de Fuerza Social del municipio limeño contra el titular de JNE, Hugo Sivina, y dijo que con este “acto político” se pretende “sorprender a la prensa, pues habiendo quedado la causa al voto al mediodía del viernes, ya no procedía este tipo de articulación
ahora quien la salvara de ser revocada , por incapoaz , puede ser el chpulin colorado
”.
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