
Aproveche. Agentes de comercio exterior pueden regularizar sus deudas.
Así lo informó la
gerente jurídico aduanero, Sonia Cabrera Torriani, quien agregó que
dicho monto comprende inclusive a aquellas que han sido impugnadas ante
el Tribunal Fiscal, por haber incumplido las obligaciones de los D. Legs
809, 1053 y el TUO de la Ley general de aduanas.
Dijo que el
régimen de gradualidad se encuentra vigente junto con el régimen de
incentivos que también otorga facilidades a los operadores de comercio
exterior para regularizar el pago de sus deudas ante la administración
aduanera. "Ambos son facultativos y podrá elegirse aquello que le
resulte más beneficioso".
Consultada sobre las
particularidades del nuevo reglamento del régimen de gradualidad para la
aplicación de las sanciones de multas, aprobado mediante la RS Nº
473-2012-SUNAT/A, respondió que para su acceso se han fijado tres
criterios: el pago de la deuda, el pago de la multa y la subsanación.
El
primero debe entenderse como la cancelación del íntegro de la deuda
pendiente de pago, fijada por el infractor o la Aduana o la que figura
en la declaración o documento de determinación, más los intereses hasta
el día de su cancelación. Luego, la cancelación del total de la multa
rebajada según los porcentajes más los intereses correspondientes,
calculados en función del monto rebajado. Finalmente, la subsanación se
produce cuando el infractor regulariza la obligación incumplida.
"No
solo se podrán acoger al régimen aquellos que no hayan sido sujetos de
notificación sino también quienes ya estén dentro de un proceso de
fiscalización, e incluso de haberse reclamado una notificación".
Restitución
El
régimen de gradualidad comprende las infracciones por errores en la
solicitud del drawback. Para ello, deberá devolverse el monto
indebidamente restituido.
Acceso e inaplicación
En
general podrán acogerse al régimen aquellas multas correspondientes a
las infracciones que hayan sido cometidas antes del vencimiento del
plazo del régimen, el cual inició el pasado 8 de noviembre y culminará
en noviembre de 2013.
No podrán acogerse al régimen aquellas
multas que hayan sido canceladas o autoliquidadas por el propio
infractor. Tampoco las multas que hayan sido objeto del régimen de
incentivos.
Rebajas
El
régimen de gradualidad comprende a todos los operadores de comercio
exterior, incluidas las empresas de envío de entrega rápida e
importadores.
Ellos podrán regularizar o
corregir el incumplimiento de sus obligaciones, beneficiándose con la
rebaja del 95%, 90%, 85%, 60% y 50% del monto total de la multa,
dependiendo del momento en que se acojan al mismo
No hay comentarios:
Publicar un comentario