La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) dispuso mayores facilidades a los contribuyentes para poder adecuar sus sistemas e implementar de manera electrónica su registro de ventas e ingresos, así como su registro de compras, de conformidad con la RS N° 008-2013.
Así, amplía el plazo
máximo que tienen los contribuyentes para anotar la información en los
citados registros, que permite generar y enviar el resumen del libro
electrónico.
Ahora se efectuará según el nuevo cronograma de vencimientos establecido por la Sunat de acuerdo al último dígito del RUC.
Importa
precisar que los principales contribuyentes deben llevar el registro de
ventas e ingresos y el registro de compras de manera electrónica desde
el 1 de enero de 2013. Desde el 1 de junio lo harán con el libro diario y
el libro mayor electrónico, informó una fuente del ente fiscal.
Los
contribuyentes que se afiliaron voluntariamente a este servicio desde
julio de 2010 tendrán mayores facilidades, puesto que solo deberán
llevar el registro de ventas e ingresos, el registro de compras, el
libro diario y el libro mayor de manera electrónica.
Una de
las principales ventajas de este moderno soporte informático es que ya
no será necesario imprimir, legalizar, ni almacenar libros y registros
físicos, puesto que todo se registrará electrónicamente, lo que
representa una reducción de costos para el contribuyente y facilita el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
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