Expediente
N.° J-2013-0322
RESUELVE
Artículo primero.-
Declarar
NULO el Acuerdo de Concejo N.°
012-2013/MDC, de fecha 22 de febrero de 2013, que rechazó el pedido de vacancia
contra el regidor Agustín Palomino Galindo, del Concejo Distrital de
Carabayllo, provincia y departamento de Lima, por la causal prevista en el
artículo 22, inciso 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo
segundo.-
DISPONER que el Concejo Distrital de
Carabayllo renueve los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la
sesión extraordinaria de concejo que resolverá la solicitud de vacancia antes
mencionada, y DEVOLVER los actuados
para que proceda, observando lo señalado en la presente resolución.
Expediente N.°
J-2013-00494
RESUELVE
Artículo primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo N.° 026-2013/MDC, del 26 de marzo de
2013, que recoge la declaratoria de suspensión del regidor Johnny Róger Toma
Jaimes formulada en la sesión extraordinaria de la misma fecha, y todo lo actuado
hasta la fecha de presentación de la solicitud de declaratoria de suspensión
presentada por Rubén Edgar Miraval Pizarro en contra del referido regidor, por
causal establecida en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades.
Artículo segundo.-
DEVOLVER los actuados al
Concejo Distrital de Carabayllo, a efectos de que vuelva a emitir
pronunciamiento sobre la solicitud de suspensión, bajo apercibimiento, de
remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores
del distrito judicial correspondiente, para que evalúe la conducta del
integrante de dicho concejo, en caso de omisión, rehusamiento o demora de actos
funcionales, tipificados en el artículo 377 del Código Penal.
Se deberá tener
especial cuidado al realizar las notificaciones de la convocatoria a la sesión
extraordinaria en la que se abordarán las eventuales solicitudes de suspensión
de los regidores Johnny Róger Toma Jaimes y Rubén Edgar Miraval Pizarro.
De igual
manera, el Concejo Distrital de Carabayllo deberá garantizar el acceso, de
parte de todos los regidores, a la transcripción de los audios de los
testimonios que los testigos de los hechos materia de las solicitudes de
suspensión rindieron ante la comisión especial. Por último, deberá cerciorarse
que el acta de la sesión extraordinaria cuente con todas las firmas de los
regidores que asistan a ella.
Artículo tercero.- DISPONER
que el Concejo Distrital de Carabayllo, a la mayor brevedad posible, emita un
nuevo pronunciamiento en sesión extraordinaria de concejo municipal, sobre los
parámetros establecidos en la presente resolución y, en consecuencia, se
pronuncie, bajo sanción de nulidad, respecto de los siguientes puntos:
1.
Cada uno de los descargos formulados
por el regidor Johnny Róger Toma Jaimes frente los hechos que se le imputan en
la solicitud de suspensión. Con especial atención a la solicitud de garantías
personales que requiriera al gobernador de Carabayllo.
2.
Los hechos imputados, por parte del
regidor Johnny Róger Toma Jaimes, al regidor Rubén Edgar Miraval Pizarro, como
fundamento de su solicitud de suspensión por haber cometido falta grave,
manifestada a través de una agresión verbal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
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