Comite Anticorrupcion de Carabayllo

lunes, 27 de mayo de 2013

LICHA CONTRA LA CORRUPCION



Estimula conocer la preocupación del Colegio de Abogados de Lima (CAL) en torno a la lucha contra la corrupción, contenida en la propuesta publicada hace dos semanas, sobre la conveniencia de premiar a los subordinados que denuncien hechos irregulares dentro del Estado.

Esa política puede ser positiva y de algún modo ha sido tratada en la Ley N° 29542, facultando el análisis de denuncias a la Contraloría General de la República, sin invadir la competencia de otros órganos del Estado, incluido el Poder Judicial (PJ).

El contexto en el cual expone su idea el decano del CAL, Raúl Chanamé, es apropiado, dadas las denuncias que por corrupción se conocen con periodicidad en nuestro país, y que involucran a funcionarios públicos, de todo nivel y sector. 

Las sanciones que dicta el PJ por tales actos son importantes: en sede jurisdiccional, 113 condenas penales, solamente entre enero y abril de 2013; y en sede contralora, 166 sanciones impuestas por la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) del PJ en ese período, por corrupción interna y otras irregularidades detectadas.

Sin embargo, debemos meditar en el ámbito judicial sobre el rol que en esa lucha desempeñan los abogados, algunos de los cuales no parecen cumplir sus deberes con probidad e incluso no denuncian actos de corrupción. 

No olvidemos que sin corruptor no hay corrupto y que esos actos requieren dos agentes, que se relacionan buscando provechos jurídica y éticamente reprochables.

Por ello, los colegios de abogados deben crear planes que combatan la corrupción que nazca de su propio seno, sancionando a quienes colaboren con esa lacra social y publicitando sus decisiones, como medida disuasiva.

Solamente así se enfrentará de modo sistémico a ese mal, generando alianzas para alcanzar una aspiración común: eliminar o reducir a su mínima expresión la corrupción judicial.   

El Peruano no se solidariza necesariamente con las opiniones vertidas en esta sección. Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores

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