Comite Anticorrupcion de Carabayllo

viernes, 25 de enero de 2013

AUNQUE USTED NO LOCREA PERO ESTO SUCEDE EN LA FISCALIA ANTICORRUPCION DE LIMA NORTE


Después que el 18 de julio del 2012, el ex regidor de la Municipalidad de Carabayllo, Percyn Deza Ureta, presentara una denuncia a la Fiscalía en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte, contra el alcalde Rafael Álvarez Espinoza y al gerente de Logística Angel Wu Huapaya, por la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión, Peculado y Malversación de fondos, en agravio del Estado (Municipalidad de Carabayllo).

Resulta que el ex regidor Percyn Deza, señala en su denuncia que el alcalde y funcionario, han realizado recientemente adquisiciones de bienes muebles, tales como 300 sillas de plástico, 40 computadoras y 15 motos lineales y que tales bienes aparentemente no estaban presupuestados y que fueron adquiridos sin licitación ni concurso de precios.

Según la denuncia el ex regidor señala que los precios y costos en la adquisición de tales bienes han sido sobrevaluados, habiéndose pagado por las sillas S/. 38.00 nuevos soles, siendo su precio normal de mercado y según proformas la suma de S/. 18.80 nuevos soles; en el caso de las computadoras se ha pagado S/. 3,700 por cada una, siendo su precio normal de mercado y según proformas de S/. 1,400 a 1,500, con relación a las motos lineales se ha pagado por cada una la suma de S/. 11,800, siendo su precio normal S/, 5,000 a S/. 6,000, dice en su denuncia el ex regidor y bachiller en Derecho, Percyn Deza.

INVESTIGACIÓN DE FISCALIA ANTICORRUPCIÓN LIMA NORTE

Según investigación que realizó la Fiscalía Anticorrupción, y que LA NOTICIA RENOVADA, tiene dicha información, se encuentra la declaración del ex regidor y bachiller en Derecho, Percyn Deza Ureta, confirmando lo antes señalado.

Asimismo, se encuentra la declaración del Gerente de Logística, Ángel Wu Huapaya, que obra a folios 692 a 697, refiere que conoce al denunciante quien fue designado como regidor por el periodo del 2011 al 2014, sin embargo dicha persona se encuentra suspendida de sus funciones por el Jurado Nacional de Elecciones mediante resolución Nº 185-2012 de fecha 12 de abril del 2012 al haber sido sentenciado por el delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsedad ideológica, con relación a la adquisición de las motos y computadoras se han realizado mediante proceso de menor cuantía y las sillas se han realizado mediante la cartera de proveedores con las que cuenta la municipalidad y se compra de acuerdo a la oferta y la demanda, que el Gerente Municipal por delegación y mediante Resolución Nº 077-2011-GM/MDC nombró al Comité Especial integrado por Manuel Chunga como Presidente, Alex Mori Puescas y Oscar Felipe Moreno Tupía, como miembros titulares en cuanto a las computadoras se designó al Comité Especial mediante Resolución Nº 164-2011-GM-MDC donde se señaló como presidente a Manuel Namuche Chunga, en cuanto a la adquisición de las sillas fue el Jefe de Logística Mori Puescas, quien tomó la decisión de que sillas se compraran de acuerdo a los requerimientos hechos por el área usuaria”, señala Ángel Wu, en su declaración a la Fiscalía.

Por su parte el alcalde Rafael Álvarez Espinoza, obra en folios 698 a 703, su declaración que dijo “Que no tiene conocimiento sobre el proceso de adquisición de las sillas de plástico, las motos y computadoras, ya que es el Comité Especial, nombrado por la Gerencia Municipal la designada para estos procesos las cuales son autónomas en sus decisiones no interviniendo para nada en mi condición de alcalde, que una vez llevado a cabo el proceso de adquisición y otorgada la buena pro, es la Gerencia Municipal, quien se encarga de firmar los contratos correspondientes”, dice el alcalde en su declaración a la Fiscalía.

De igual forma existe las declaraciones en esta investigación de los funcionarios: Manuel Namuche, Sergio Morillo, Rubén Valverde, Alex Mori.

En la presente investigación se encuentra el informe pericial contable Nº 015-2012 elaborado por el Perito Auditor Contable, Víctor Saturnino Chilca Huerta, donde concluye: Primero: Que con relación a la adquisición de las trescientas sillas de plástico se ha realizado mediante una adjudicación de menor cuantía (AMC) la misma que se ha dado dentro de los parámetros que establece el Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Segundo: En cuanto a la adquisición de las doce motocicletas esta se ha realizado por la adjudicación de menor cuantía Nº 010-2011-CE/MDC al declararse desierto la adjudicación directa selectiva Nº 004-2011-CE/MDC en razón que el único postor no adjuntara la garantía de seriedad de oferta equivalente al 2% del monto de valor preferencial señalando que la adquisición de dichos bienes se ha realizado de acuerdo a los parámetros de la Ley de Contrataciones; Tercero: Que la adquisición de las 36 computadoras se llevó a cabo mediante adjudicación de Menor Cuantía Nº 023-2011-CE/MDC al declararse desierto la adjudicación directa selectiva Nº 015-2011-CE/MDC en razón que el único postor no adjuntara el certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores de Bienes y con relación a la adquisición de 46 computadoras, se tiene que el mismo se hizo mediante adjudicación pública selectiva Nº 019-2011-CE/MDC, concluyendo que ambos procesos se realizaron de acuerdo a Ley de Contrataciones, por tal motivo queda descartado una sobrevaloración de los precios, en razón que los precios ofertados y adquiridos en el presente caso por el tiempo trascurrido de doce y once meses respectivamente, han variado considerablemente a los precios previstos en la fecha actual, debido al vertiginoso avance tecnológico. Asimismo señala que los bienes adquiridos por la Municipalidad de Carabayllo, se encuentran incluidos en el Plan Anual de Contrataciones con la respectiva disponibilidad presupuestal consignados en el presupuesto institucional del período 2011”, señala la declaración del perito contable.

Finalmente, después que la Fiscalía Anticorrupción de Funcionarios de Lima Norte, realizara una exhaustiva investigación DISPONE: DECLARAR QUE NO PROCEDE FORMALIZAR, NI CONTINUAR INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra RAFAEL ÁLVAREZ ESPINOZA y ÁNGEL WU HUAPAYA, en consecuencia se ordena el ARCHIVO de los actuados, tiene la firma del Dr. Marco Antonio Carrasco Campos, Fiscal Provincial Titular (2do. Despacho de la Fiscalía Prov. En Delitos de Corrupción de Funcionarios – Lima Norte).

Por: Luis Llumpo Ch.

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