El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) estableció los lineamientos que deberán seguir los secretarios judiciales en el desarchivo de expedientes, a los que otorgó facultades en la organización de cuadernos de apelación.
Mediante Resolución Administrativa N° 090-2012-CE-PJ dispuso que con la orden del juez para el desarchivo de expedientes, estos auxiliares de justicia lo solicitarán vía correo electrónico, debiendo guardar obligatoriamente el correo remitido en una carpeta personal del disco duro de la computadora, como constancia del requerimiento efectuado.
Tanto al recibir el expediente del Archivo Central como a su devolución, deberá guardarse obligatoriamente el mensaje recibido como el enviado, como constancia del trámite efectuado. Además, mediante la Resolución Administrativa N° 091-2012-CE-PJ, el mismo órgano de gobierno de la judicatura facultó a los secretarios judiciales para que dispongan y supervisen que la organización del cuaderno de apelación se ajuste a lo estrictamente dispuesto por el juez.
Para ello, elaborarán una hoja resumen que contenga la relación de los folios fotocopiados del expediente principal, que formará parte del referido cuaderno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario