Reglamento. Se aplica a todo vehículo destinado a circular por la red vial nacional de transporte terrestre.
Así, la norma incorpora los retos que trae la normativa de
importación de vehículos, de transformación, circulación por las vías
públicas, así como la necesidad de continuar con la implementación de
mejoras tecnológicas e informáticas en la búsqueda de mayor agilidad y
seguridad de las inscripciones.
La principal
novedad del reglamento, en este contexto, es que desarrolla e implementa
el formato de inmatriculación electrónico en los procedimientos de
inscripción registral, lo cual evitará el uso de documentación
fraudulenta en estos actos, afirmó Nancy Mantilla Espinoza, gerente de
Bienes Muebles de la Zona Registral N° IX-Sede Lima.
Dicho
formato, de ese modo, facilita que el propio administrado complete la
información necesaria para la inmatriculación del vehículo, vale decir,
su acceso por primera vez al citado registro, impidiendo la existencia
de errores materiales imputables al registro y facilitando la
inscripción de forma más expeditiva. "De esta manera, se evitará el
ingreso de cualquier DUA falsificada, lo cual es una forma también de
coadyuvar a la Sunat a combatir el contrabando," detalló la funcionaria.
Dentro
de la función de calificación registral, el reglamento establece nuevas
búsquedas, como en la red interconectada a escala nacional para
prevenir la doble inmatriculación; en el Aduaweb y Registro Automático
Vehicular, para verificar la autenticidad de la información e incorporar
las características registrables del vehículo; y en el registro
mobiliario de contratos, para verificar de que el vehículo no tenga
garantía mobiliaria u otra afectación, entre otras.
Transporte terrestre
La
norma prevé igualmente un título específico vinculado al sistema
nacional de transporte terrestre, donde consta la regulación sobre la
tarjeta de identificación vehicular, el duplicado de orden de giro para
la fabricación de la placa única nacional de rodaje, la regrabación del
número de motor del vehículo, el cambio voluntario de la tarjeta de
identificación vehicular, la actualización del uso del vehículo, así
como el cambio de la placa única nacional de rodaje del vehículo.
En
el caso del contenido de la tarjeta de identificación vehicular se ha
eliminado la indicación del titular registral y su domicilio, pues en el
reglamento de placa única nacional de rodaje se facultó a la Sunarp la
determinación del contenido de la tarjeta de identificación vehicular.
Esto
debido a que la finalidad de la expedición de la tarjeta consiste en
permitir la identificación o individualización del vehículo, mas no la
determinación de quién es el propietario; y además porque los órganos
judiciales y de gobierno equivocadamente consideran como propietario del
vehículo a quien aparece en la tarjeta sin estimar que en los casos de
transferencia de propiedad posteriores y son inscritas en el registro de
propiedad no se requiere entrega de la tarjeta anterior, por lo que
pueden existir varias tarjetas del mismo vehículo con diferente
indicación de titulares registrales.
La Sunarp,
de este modo, pretende recoger en este nuevo reglamento las
disposiciones que de manera permanente dicta el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones con implicancias en el registro de
propiedad vehicular, la publicidad de los mismos y los procedimientos
relacionados con aspectos operativos en estas anotaciones.
Publicidad
En
la nueva norma se precisa que los certificados compendiosos y las
búsquedas se expedirán sobre la base de la información estructurada que
maneja el registro.
"La publicidad se va a
expedir de manera automática a través del sistema informático del
Registro de propiedad vehicular y también se crea a nivel del sistema
informático unos módulos que permitirán el mejor trabajo para los
registradores", explicó.
Notarios
El
reglamento prevé el desarrollo e implementación de un módulo a escala
nacional para que los notarios, con la seguridad del caso, ingresen y
retiren a sus dependientes a través del portal institucional, como
medida de prevención contra la presentación de documentación
falsificada.
Dispone, igualmente, la creación
en el ámbito nacional de un índice detallado de autorizaciones del
fabricante a favor del representante peruano.
"Toda inmatriculación de un vehículo se hará mediante un formato electrónico que deberá ser llenado por el mismo administrado."
Inmatriculación más expeditiva
En
opinión de Mantilla, con la nueva norma reglamentaria el trámite para
la inmatriculación de un vehículo será más expeditivo. "Así, la Sunarp
está tomando medidas para atender la gran demanda que se viene, porque
en los últimos años el registro de vehículos nuevos ha crecido
enormemente", detalló.
A su juicio, más o menos en un año ingresan al registro 150 mil vehículos nuevos, lo cual es un número bastante alto.
El
nuevo reglamento regula tanto la inmatriculación de vehículo de
fabricación nacional como de vehículo de ensamblaje nacional mediante el
uso de un formato electrónico.
Establece, asimismo, directrices para las transferencias, gravámenes, cambios de características y la publicidad formal.
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