Comite Anticorrupcion de Carabayllo

jueves, 28 de febrero de 2013

AUDIENCIA EN EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES


VECINOS OPINAN COMO ESTA LA GESTION DE RAFAEL ALVAREZ

LOS  VECINO  TIENE LA  RAZON  A   COMENTAR   QUE EN CARABAYLLO  NO HAY  AUTORIDAD LOCAL , NO  HAY SEGURIDAD  CIUDADANA    EN EL DISTRITO DE  CARABAYLLO ,  LA    BASURA    ES  PAN DE CADA  DIA  ,  NO RECOJEN LA  BASURA 

SOBRE LA MENTA

SEÑALAMOS JURISPRUDENCIA PARA EL CASO DEL REGIDOR AGUSTIN PALOMINO GALINDO




 





Expediente N° J-2010-0379

Lima, veintidós de septiembre de dos mil diez

VISTO, en audiencia pública de fecha 22 de septiembre de 2010, el recurso de apelación interpuesto por Primoy Maximiliano Espinoza Mamani contra el Acuerdo de Concejo N° 15-2010-MPT de fecha 29 de abril de 2010, que resolvió declarar la vacancia de Javier Rondón Zapata regidor del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna, por la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente  J-2009-0935.

I. ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

Con fecha 16 de octubre de 2009, Primoy Maximiliano Espinoza Mamani interpone solicitud de vacancia contra Javier Rondón Zapata, regidor del Concejo Provincial de Tarata, por haber incurrido en la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Según afirma el peticionante, el mencionado funcionario habría permitido la contratación de su cuñado (segundo grado de afinidad), Tomás Eddy Meléndez Curasi, como encargado de la Casa Agropecuaria, del 2 al 15 de julio de 2007.

Alegatos del regidor Javier Rondón Zapata

Con fecha 17 de mayo de 2010 (fojas 04 a 20), el regidor interpone recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 15-2010-MPT, en el cual señala que la presentación de la solicitud de vacancia se trata de una venganza política por la labor de fiscalización que realiza contra la alcaldía. Asimismo, a su consideración, no se ha demostrado la injerencia directa o indirecta que señalan tuvo en el nombramiento o contratación de Tomas Eddy Meléndez Curasi.

Posición del Concejo Provincial de Tarata

En la sesión extraordinaria de concejo de fecha 29 de abril de 2010 (fojas 158 a 161), presidida por el alcalde y con la presencia de la totalidad de regidores, el Concejo Provincial de Tarata, con cuatro (4) votos a favor y dos (2) en contra, resolvió declarar la vacancia del regidor Javier Rondón Zapata, decisión que fue recogida en el Acuerdo de Concejo N° 15-2010-MPT de la misma fecha (fojas 22 a 23).

II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

En el presente caso, la cuestión controvertida se circunscribe a determinar si la conducta realizada por el regidor Javier Rondón Zapata se enmarca dentro de la causal de vacancia por nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM.

III. FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN

Criterios establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones con relación a la vacancia por causal de nepotismo

1.     Constituye reiterada jurisprudencia por parte de este Colegiado (a partir de las Resoluciones N°s 410-2009-JNE y 658-A-2009-JNE) que la determinación del acto de nepotismo comporta la realización de un examen desarrollado en tres (3) pasos, a saber: a) la verificación del vínculo conyugal o del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar haya sido contratado, nombrado o designado para desempeñar una labor o función en el ámbito municipal; y c) que la autoridad edil haya realizado la contratación, nombramiento o designación, o ejercido injerencia con la misma finalidad.

Es atendiendo a este esquema de análisis que este Colegiado procederá a dilucidar la cuestión controvertida.

A.    Acreditación de la relación de parentesco

2.     El recurrente ha alegado la contratación de un presunto pariente de segundo grado de afinidad del regidor, por lo que es necesario comprobar la existencia de cada uno de estos vínculos de parentesco.

Se ha acreditado con las partidas de nacimiento de Liliana Rondón Zapata y Javier Rondón Zapata (fojas 119 y 120 del Expediente N° J-2009-0935), y el  Acta de Matrimonio entre Liliana Rondón Zapata y Tomás Eddy Meléndez Curasi (foja 118 del Expediente N° J-2009-0935), el vínculo de parentesco entre el regidor y Tomás Eddy Meléndez Curasi (segundo grado afinidad-cuñados). Por lo que este Colegiado da por acreditada la relación de parentesco en cuestión.

B.  Existencia de una relación laboral o contractual

3.     Con relación a la contratación del cuñado del regidor, Tomás Eddy Meléndez Curasi, se constata de los siguientes documentos:  Comprobante de Pago N° 000630 de fecha 2 de agosto de 2007 (foja 121 del Expediente  N° J-2009-935), Orden de Servicio N° 000325 de fecha 24 de julio de 2007 (foja 122 del Expediente J-2009-0935), Memorándum de Conformidad de servicios 153-2007-GM/MPT de 27 de julio 2007 (foja 123 del Expediente  J-2009-0935) y copia de recibo por honorarios de Tomás Eddy Meléndez Curasi (foja 124 del Expediente J-2009-0935), que dicho ciudadano laboró desde el 2 de julio al 15 de julio de 2007, en la implementación de la Casa Agropecuaria de la Municipalidad Provincial de Tarata, con una remuneración ascendente a S/. 750.00 nuevos soles, lo que es también conforme con lo señalado en el reporte de la consulta de proveedores en el portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas.  

Por estas consideraciones, este Colegiado da por acreditada la relación contractual entre la Municipalidad Provincial de Tarata y Tomás Eddy Meléndez Curasi.

C.   El presunto ejercicio de contratación y/o injerencia por parte del regidor Javier Rondón Zapata

4.     Según lo dispuesto en el artículo 8, numeral 22, de la LOM el cargo de alcalde o regidor se declara vacante en caso de nepotismo, conforme a ley de la materia.

En tal sentido, aun cuando la LOM no otorga a los regidores funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, estos, al ser miembros del concejo y, por consiguiente, formar parte del aparato de gobierno local, desempeñan actividades en nombre del Estado, encontrándose facultados con una serie de competencias señaladas en la LOM y provistos de evidente poder político, de lo que se deduce que cuentan con innegable capacidad para influir en las decisiones relacionadas con el gobierno municipal, como ya detalladamente lo ha señalado este Colegiado en la Resolución N° 315-2009-JNE.

5.     De lo expuesto, corresponde analizar si el regidor Javier Rondón Zapata ha procedido a ejercer injerencia alguna en la contratación del esposo de su hermana, Tomás Eddy Meléndez Curasi, en los términos señalados por el artículo 1 de la Ley N° 26771.

6.     Resulta claro que la injerencia o el ejercicio de influencia que los regidores ejercen sobre los funcionarios municipales o el alcalde para la contratación, nombramiento o designación de sus parientes no va a quedar plasmada, por su propio carácter ilícito, en un documento expreso. Asimismo, en la medida que los regidores ejercen funciones preeminentemente fiscalizadoras al interior de los gobiernos locales, este Colegiado, a través de diversos pronunciamientos, ha dejado sentado que un factor esencial para poder comprobar la existencia de injerencia es determinar si el regidor tuvo o no conocimiento de la contratación de su pariente.

La dificultad que corresponde a la probanza de la influencia ejercida por el regidor, así como del conocimiento de este respecto de la postulación, selección y/o contratación de su pariente, ha venido siendo superada por diversos criterios o elementos de juicio que este Colegiado ha establecido en su jurisprudencia. De entre dichos criterios, utilizados de manera alternativa y no necesariamente concurrente, según las particularidades del caso concreto, pueden mencionarse los siguientes: a) cercanía del vínculo de parentesco; b) domicilio de los parientes; c) población y superficie del gobierno local d) actividades que realiza el pariente del regidor al interior de municipalidad e) lugar de realización de las actividades del pariente del regidor; y f) ejercicio de fiscalización por parte del regidor.

7.     Considerando los hechos del presente caso, se tiene que, efectivamente, Tomás Eddy Meléndez Curasi resulta ser pariente del regidor (segundo grado de afinidad). Si bien esa información no resulta determinante de manera independiente para inferir que el regidor tuvo conocimiento de la contratación, este Colegiado considera que existen una serie de indicios que, adoptados de manera conjunta, demuestran lo contrario.

8.     En primer lugar, de los datos obtenidos al 21 de septiembre de 2010, la provincia de Tarata cuenta con una población de 7805 personas, conforme al reporte del sistema Infogob (http://www.infogob.com.pe). Esto evidencia que la referida provincia cuenta con una población pequeña, hecho que reduce las posibilidades de que la autoridad no haya tenido contacto con sus parientes a fin de tener conocimiento de su contratación.

9.     En segundo lugar, se aprecia que Tomás Eddy Meléndez Curasi, siendo pariente del regidor, laboró para la municipalidad, llegando a prestar labores durante un mismo periodo (del 2 al 15  de julio 2007), como así lo demuestra el Comprobante de Pago N° 000630 de fecha 2 de agosto de 2007 (foja 121 Expediente J-2009-0935), emitido por la Municipalidad Provincial de Tarata.

10.  En tercer lugar, es importante señalar que si bien no ha quedado demostrado que Tomás Eddy Meléndez Curasi efectuaba sus labores en el mismo espacio laboral que la autoridad denunciada, lo que reduciría la posibilidad de que este no tuviese conocimiento de su contratación, se ha constatado mediante el Informe N° 021-2007-M.P.T./C.A.M.TARATA de fecha 16 de julio de 2007, en el que Tomás Eddy Meléndez Curasi da cuenta de las actividades realizadas, que este último realizó una visita conjunta con Javier Rondón Zapata a las diferentes casas comerciales dentro de sus actividades con miras a la implementación de la casa agropecuaria el 14 de julio de 2007, en la cual se hizo adquisición de algunos bienes. Este hecho es un indicio que evidencia que el regidor tenía conocimiento de las actividades que Tomás Eddy Meléndez Curasi realizaba en la municipalidad en cuestión.

11.  Por otro lado, con relación al ejercicio del deber de fiscalización del regidor, este Colegiado ha señalado (Resolución N° 051-2010-JNE) que el artículo 10 de la LOM exige, entre otras cosas, que este debe asumir una posición activa en la fiscalización de los contratos de cualquier naturaleza y las designaciones que efectúen tanto el alcalde como los demás funcionarios y servidores municipales.

12.  En el presente caso, el regidor no ha acreditado el ejercicio de sus deberes de fiscalización, en especial durante el periodo de los quince (15) días en el que su pariente realizó el servicio para la municipalidad. Esta omisión, según se concluye del análisis precedente, no pudo ser objeto de desconocimiento por parte del regidor, máxime si incluso el regidor realizó visitas de trabajo con su pariente.

13.  Por tal motivo, este Colegiado concluye que el regidor Javier Rondón Zapata ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades, razón por la cual debe confirmarse el acuerdo de fecha 29 de abril de 2010, emitido por el Concejo Provincial de Tarata, que declaró la vacancia en el cargo del regidor antes mencionado y convocar, conforme al artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades, al accesitario de la misma lista, Iván Jhony Copaja Aguilar, candidato no proclamado del movimiento regional “Movimiento Independiente Regional Tacna Unida”.

IV. CONCLUSIÓN

Por lo señalado precedentemente, y habiéndose valorado de manera conjunta los  medios probatorios contenidos en autos, este Colegiado concluye que sí se encuentra configurada la causal alegada, por lo que corresponde rechazar el recurso interpuesto.

Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Javier Rondón Zapata, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 15-2010-MPT de fecha 29 de abril de 2010, que declaró la vacancia de Javier Rondón Zapata, regidor del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna.

Artículo segundo.- CONVOCAR a Iván Jhony Copaja Aguilar, candidato no proclamado del movimiento regional “Movimiento Independiente Regional Tacna Unida”, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna, para completar el periodo de gobierno municipal 2007-2010, y se le otorgue la respectiva credencial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SIVINA HURTADO


PEREIRA RIVAROLA


MINAYA CALLE


MONTOYA ALBERTI


VELARDE URDANIVIA


Bravo Basaldúa
Secretario General
padlc

DIOS LOS JUNTA A ESTAS JOYITAS

AQUI   APRECIAMOS    EN LA  FOTO   A  ALCAÑLDE DE  COMAS   QUIEN   ESTA  SERIA MENTE  CUSETIONADO   EN SU DISTRITO POR  TENER    UN DISTRITO  LLENO DE BASURA, CONTAMINBACION  DE POZOS DE AGUA (ZONAL 14)  Y   ALREDDEDORES    CON LA  ALCALDESA DE LIMA   SUSANA VILLARAN    QUIEN  SE HA  DEDICADO A ENTREGARLES  DINERO  DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA PARA QUE   HAGAN DICE OBRAS ESTOS ALCALDES , ACOMPAÑA  DEL MEJOR ALCAÑLDE  DE CARABAYLLO QUE TIENE  A LA VER  DOS  PROCESOS DE VACANCIAS, UNA SUSPENSION , VARIAS DENUNCIAS  JUDICIALES , PERO    TODO SIGUE IGUAL   EN LIMA NORTE

SEGUN ALVAREZ MANIFIESTA EN SU PORTAL MDC


 

Debido a la publicación en el Diario La Primera en su edición del martes 26 de febrero, sobre los “supuestos” actos de favorecimiento por parte del Alcalde de Carabayllo Rafael Álvarez Espinoza a algunas inmobiliarias con la construcción de pistas y veredas con fondos públicos, es necesario informarle a la población que esas especulaciones son  totalmente falsas.

Las obras que se han realizado en los Programas de Vivienda Montecarlo, La Planicie, La Florida y San Judas Tadeo, han seguido todos los procedimientos administrativos que establecen las normas, prueba de ello, es que tienen su formato del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y cuenta con sus respectivos códigos.

Además, han sido aprobadas en el Presupuesto Participativo del año 2012, y fue aprobada por el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) y posteriormente por el Pleno de Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo N° 113-2011-A/MDC, de fecha 28 de diciembre del 2011, siendo aprobado por unanimidad.

Está acreditado fehacientemente que el burgomaestre Rafael Álvarez no ha participado en calidad de adquiriente o transferente o por interpósita persona, que puede demostrar un interés propio o directo, en los procedimientos administrativos para el uso de los recursos propios en los programas mencionados anteriormente.

Es importante indicar que estas obras se realizaron por una necesidad pública y ante los constantes requerimientos de los vecinos del lugar, en razón que tenían una topografía irregular en el cual se hacía intransitable el desplazamiento de vehículos, debido a que la ausencia de pavimentación afectaba directamente a los pobladores al presentarse constantemente enfermedades infecto respiratorias, así como accidentes en los peatones, aumento de los índices de contaminación ambiental y daño al patrimonio público y privado, justificación técnica que se corrobora con los Formatos SNIP 04, Perfil Simplificado Nros. 132381 y 132387.

Asimismo, es preciso aclarar que mediante Acuerdo de Concejo N° 006-2013/MDC, de fecha de enero del 2013, se determina mediante Artículo Primero: Rechazar la solicitud de vacancia del cargo de Alcalde Rafael Marcelo Álvarez Espinoza y del Regidor CPC. Claudio Iván Zegarra Arellano de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, con resultado de 10 votos en contra de la vacancia y con 2 a favor de la misma, por no encontrarse inmersos en las causales previstas en el Artículo. 22  Inciso 9 y 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972.

Por otra parte, el regidor Johnny Toma, indica: “Los regidores, incluso de oposición, lo salvaron debido a que habría ciertos beneficios debajo de la mesa”, acusación grave la cual tendría que probar.

Por último, respecto a lo escrito en que señala  que el diario La Primera  intentó dialogar con el alcalde para conocer su punto de vista y que él nunca contestó las llamadas  que según aseguró el Subgerente de Imagen Institucional, Manuel Aguilera, el alcalde estaba en reuniones que no podía cancelar, se debe a que el día de ayer, la Primera Autoridad de Carabayllo se encontraba en Palacio de Gobierno verificando el trámite de suscripción del Convenio para la Construcción del Puente San Martín.

COMENTARIO

EL  ALCALDE  RAFAEL ALVAREZ   PRETENDE   ATRIBUIRSE  COMO GESTION   MUNICIPAL  LA OBRA DEL PUENTE  SAN MARTIN ,  PORQUE  NO LO HIZO EN LA GESTION DE RIOS   CUANDO  ERA  REGIDOR  Y TENIENTE ALCALDE , YA QUE  EL  GOBIENO DE  TURNO VA  REALIZAR  MUCHAS OBRAS   EN CARABAYLLLO DEBIDO   A   QUE LA POBLACION  DE CARABAYLLO   NECESITA  CON  URGENCIA DICHA OBRA, PERO NO  VENGA A CONTAR  QUE   ES  SU EFUERZO.

CON RESPECTO A SU VACANCIA   SI LOS REGIDORES   HAN APROBADO  POR  ACUERDO DE  CONCEJO  NO VACARLO ES PORQUE   QUIZAS LA VACANCIA   FALTABA   MAS CONSTISTENCIA , PERO ESTA  PROBADO QUE  FAVORECIO   A  LAS INMOBILIARIAS   Y  NO   A  LOS POBLADORES  DE ESCASOS RECURSOS .
DEBEN  VISITAR   EL PROGRAMA LA  PLANICE   ANALICEN  CUANTAS PERSONAS VIVEN  EN   TODO EL ALREDEDOR NO LLEGA  A 20  PERSONAS  QUIEN A  GANADO LA  INMOBILIARIA  O  OTRA PERSONA, AL IGUAL QUE LAS OTRSA    OBRSA REALIZADAS   POR LA MDC.

PERO   NO ENTIENDO PORQUE   SON DENUNCIADOS  EL ALCALDE  Y TODO  EL CUERPO DE REGIDORES   ANTE LA FISCALIA   DE TURNO    YA QUE   HABRIA COMETIDOS   VARIOS  DELITOS PENALES .

VECINO DE CARABAYLLO PRESENTA LA SUSPENSION DE RAFAEL ALVAREZ ESPINOZA

UN VECINO DE  CARABAYLLO   PRESENTA    LA  SUSPENSION DE    RAFAEL ALVAREZ   EL DIA  DE HOY  A   LA MDC , QUE LES PARECE  AMIGOS , EL PUEBLO SE  COMIENZA DE DESPERTAR   DE  TANTOS   SUPUESTOS  ACTOS DE CORRUPCION MUNICIPAL   PORQUE  SERA 

TODO ANDA MAL AREA DE RENTA DE LA MDC

PRETENDEN COBRARLE   A  LOS   DIFUNTOS   EL SERVICO  DE  SERENAZGO,  LIMPIEZA  PUBLICA, IMPUESTO PREDIAL , A PESAR  QUE   EN LA MDC   HAN PRESENTADO LA SUSCESION SIGUE  SALIENDO LA  CUPONERA  CON NOMBRES DE  PERSONAS   DIFUNTAS , COMO HANDA ESTA   MUNICIPALIDAD   Y LAS AUTORIDADES  SOLO SIRVEN PARA QUE LA  CONDECOREN .

POR  ESO VECINO    LA   REELECCION ES CORRUPCION



MESA DE PARTES DE LA MDC

MESA DE  PARTES DE LA MDC  , PRETENDE DESCONOCER LA LABOR  FISCALIZADORA DE LOS  VECINOS  PONIENDO  TRABAS   PARA PRESENTAR    LA  DOCUMENTACIONES , SI LO  UNICO QUE  TIENE  QUE  SER  ES  RECIBIR  Y DERIVARLO   A  LA  AREA  CORRESPONDIENTE , NOS PREGUNTAMOS   QUE  HACE EL ORGANO DE  CONTROL  OCI  DE  VER QUE MARCHE  BIEN LA MDC

ESTARIAN EVALUACION LA EXPULSION DE L REGIDOR JOHHNY TOMA

SEGUN  NOS  HAN INFORMADO QUE EL REGIDOR  JOHHY  TOMA  SERIA  EXPULSADO DEL PARTIDO  PPC, POR  SER  DESLEAL  CON SU   ALCALDE    RAFAEL ALVAREZ ,  SEGUN    COMENTARON  VARIOS   MILITANTES DE  ESA    PARTIDO .
 



COMO USTEDES SABEN  LA  SECREATRAI   GENERAL  PPC  EN CARABAYLLO   ES LA ESPOSA DEL ALCALDE    RAFAEL ALVAREZ ESPINOZA ,  TODO VA QUEDANDO EN CASA   NO LO CREEN 

LA VOZ DEL CALLAO NOS ESCRIBE SUS NOTICIAS

Según Contraloría General de la República.
--“Carmen de la Legua dejó sin capacidad operativa a la OCI”--

La Municipalidad de Carmen de la Legua, pese al requerimiento por parte de la Contraloría de la República que restituya a los cuatro auditores que realizaban acción de control en la Oficina de Control Interno (OCI); esta oficina no ha sido restituida en su capacidad operativa...

AUNQUE PAREZCA MENTIRA ES LA PURA VERDAD

COMO ESTA LA IGLESIA CATOLICA

SOBRE LA CONTRALORIA DE LA REPUBLIOCA

SI REGALA LA PLATA DEBE DAR ATODOS POR IGUAL

SABEMOS DE LA  ENFERMEDAD DE  PEPE VASQUEZ  PERO ESTAMOS  DESACUERDO  CON   EL DIENRO QUE  ESTARIA DANDO EL GOBIERNO  ,  YA QUE   QUIERIA  SER  PARLAMENTARIO DE LA  LISTA  DEL  XHINO .

A  VIVIDO COMO REY   Y AHORA QUIERE QUE LO APOYEN , ENTONCES   YO QUE SOY DIABETICO TAMBIEN QUE EL  GOBIERNO ME PAGUE  DINERO , PORQUE  SEGUN LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU  TODOS  SOMOS IGUALES ANTE LA LEY ,  QUE PASA  SEÑOR PRESIDENTE

PARA REFLEXIONAR CADA DIA

ENTREVISTA AL REGIDOR DE LIMA GUILLEN

ENTREVISTA   GUILLEN    MANIFIESTA QUE    RAFAEL  ALVAREZ  APOYA   LA   SUSANA  VILLARAN  , MANIFIESTA QUE   EL ALCALDE DE INDEPENDENCIA    ESTA  APOYANDO   AL SI ,  TERNERO DICEQUE NO ES  DEL PPC.

DEFENDIENDO EL   NO  DR.  GUILLEN  Y   TOLEDO     DEFENDIENDO   AL  SI .

DONDE DEMOSTRO   TOLEDO  CONOCER  MAS EL TEMA   QUE EL  EX REGIDOR  DE COMAS  Y  REFIDOR  DE  LIMA  GUILLEN  SAQUE  USTED  SUS  CONCLUSIONES 


NOTA DE PRENSA DEL CONGRESISTA JOHHNY LESCANO


Alzas alcanzan todavía el 300% en relación a los precios originales
REAJUSTE DE PRECIOS DE CERTIFICADOS POLICIALES ES TOTALMENTE INSUFICIENTE
Ministro Pedraza será citado al Congreso para dejar sin efecto la medida que grava la economía de los más pobres.
El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Parlamento, declaró que las reducciones de los certificados policiales anunciadas hoy por el Ministerio del Interior, resultan absolutamente insuficientes, puesto que si bien ya los incrementos no son de hasta el orden de más de 1 000%, igual con el reajuste han quedado todavía muy altos, en relación su precio original. Así por ejemplo, el certificado de antecedentes policiales que fue subido a S/. 28.50, ha bajado a S/. 17.00; pero este precio significa un incremento de cerca del 200% en relación de su precio original de S/. 7.20; el permiso de mudanza, que se incrementó a S/. 40, ha bajado a S/. 10, pero representa casi el 200% de plus de su nivel original de S/. 3.60; la denuncia policial que subió a S/. 13.00 se ha reducido a S/. 7.60, pero este precio equivale a un incremento de casi 100% de su precio original de S/: 3.60. De acuerdo al artículo 45° de la Ley 27444, los precios de estos derechos de trámite tienen que reflejar el costo real de la producción del servicio, cosa que no se está cumpliendo, puesto que ningún insumo de estos documentos ha subido 200%; a ello hay que agregar, que a sus valores originales, los certificados policiales en su conjunto representaban un ingreso anual para la Policía de S/. 14 millones. Con este reajuste, que todavía es demasiado elevado esta recaudación sería de S/. 42 millones al año a expensas de los usuarios, conducta totalmente violatoria de la Ley del Poder Ejecutivo (Ley 29158) que dispone que el Estado debe estar al servicio de los ciudadanos. Con esta medida, es al revés, pues queda claro que el Estado se está sirviendo de los ciudadanos para hacer caja, incurriendo en derechos de trámite –proporcionalmente- confiscatorios y por tanto inconstitucionales, que nada tienen que ver con sus costos verdaderos, ya que en varios casos, ni siquiera hay un servicio efectivo, como es el caso del permiso de mudanza, donde el usuario simplemente comunica que se va a mudar, y la Policía le emite una hoja (que cuesta menos de S/. 0.10) donde le “otorga el permiso” y por este “servicio” le pretende cobrar ahora S/. 10.
El parlamentario dijo que ahora que comienza que la legislatura, hará citar al Congreso al ministro Pedraza, para que deje sin efecto este reajuste que no cubre las expectativas de los ciudadanos. Lo único que se ha hecho es reducir el abuso.

PARA MEDITAR CADA DIA

PARA REFLEXIONAR

QUE PASA EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE

LA  SEÑORA    MONICA TELLO   PROMOTORA   DEL SI    EN PUEBLO LIBRE DENUNCIA  UNA SERIE  DE  APROPELLOS  POR PARTE  DEL PERSONAL DE  SERENAZGO    DEL  DISTRITO  ,


QUIEN  ADENUNCIADO    EN EL PODER  JUDICIAL  A  LOS  FUNCIONARIOS  DE PUEBLO LIBRE  Y   ALCALDE    DE PUEBLO LIBRE ,  NOS PREOCUPA LO QUE  ESTA  SUCEDIENDO   EN   ESTE DISTRITO .




QUE PASA EN EL PODER JUDICIAL

 
Algo  huele  mal en el poder judicial


miércoles, 27 de febrero de 2013

APRUEBAN PLAM ESPECIFICO EN LAS LOMAS DE CARABAYLLO

LA SEGUNDA VACANCIA SE VA ENTREGAR EL DIA LUNES AL JNE

RECIEN EL   COMITE TECNICO  DEL COMITE  ACABA DE  TERMINAR LA VACANCIA   DE RAFAEL ALVAREZ , A PESAR DE  TENER MILES DE   DIFICULTADES  COMO SON ÑLAS  PRUEBAS LOS PAGOS  AL JNE,  GRACIAS AÑLGUNOS TRABAJADORES DE LA MDC QUE  APORTARON ALGUNAS PRUEBAS , SE LOGRO EL OBJETIVO  ANELADO POR TODOS LOS  VECINOS


PRETENDERIAN SACAR DEL CONCEJO MUNICIPAL A UN REGIDOR PEPECISTA

HEMOS TOMADO CONOCIMIENTO QUE EN LA SESION DE HOY  , MANIFESTARON QUE  QUIEREN   SUSPENDER AL  REGIDOR  JOHHY  TOMA JAIMES POR  FALTRA  GRAVE AL  CONCEJO , SEGUN MAINIFIESTA POR  HABER  DISCUTIDO  CON EL REGIDOR MIRAVAL , QUE LES PARECE  AMIGOS  DE CARABAYLLO.


 HAY QUE SER SORDO Y MUDO EN   LA MDC  Y NO FISCALIZAR  NADA SOLO   DEDICARSE A  ENGORDAR   CON LA DIETA MUNICIPAL , PARA  ESTAR CONTENTO   CONE L MEJOR ALCALDE DE CARABAYLLO

LOS VASOS DE LECHE SE ORGANIZAN PARA DECLARA POR EL LIQUIDO ELEMENTAL EN COMAS

NOS  HAN INFORMADO QUE EN EL DISTRITO DE COMAS  LOS  VASOS DE LECHE   ESTAN   CONVOCANDO A UNA  GRAN MARCHA  DISTRITAL   EN COMAS  CON LA  FINALIDAD  DE SOLICITAR AL  GOBIERNO   CENTRAL SE  PREOCUPE  POR EL PROBLEMA  DEL AGUA Y DESAGUE.  Y LA CONTAMINACION AMBIENTAL QUE  AQUEJA  A ESTA  PUEBLO  MAS EXACTAMENTE  A LA ZONAL 14, ESPERAMOS QUE NOS  COMUNIQUE  CUANDO SE VA REALIUZAR LA MARCHA PARA  CUBRIR ESTA NOTA DE INTERES  LOCAL

NOS INFORMA QUE MUY PRONTO PRESENTARAN LA VACANCIA DEL ALCALDE DE LA VICTORIA

VECINOS  DE LA  VICTORIA  NOS INFORMARON QUE PRESENTARAN LA  VACANCIA  A  SU ALCALDE   DE LAS  FILAS DEL PPC,  YA  QUE  SEGUN MANIFESTARON EN SU DECLARACION JURADA   EMITIDO POR JNE  APARECE COMO SU DOMICILIO  EL PALACIO  MU NICIPAL , COMO SI VIVIERA  EN LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ,A SORPRENDIDO AL JNE  Y  A LA POBLACION DE  LA VICTORIA  SIENDO SU  VERDADERA DIRECCION EN LA MOLINA , QUE  LERS PARECE   AMIGOS.