El Poder Judicial está desarrollando una serie de acciones y actividades para investigar, juzgar y sancionar con eficiencia y eficacia los delitos de minería ilegal y afines, figura penal creada por el Decreto Legislativo N° 1102 en febrero de 2012.
Para
ello, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) amplió la
competencia de la Sala Penal Nacional para el conocimiento de estos
delitos, siempre y cuando hayan sido cometidos por organizaciones
criminales y que el proceso judicial sea complejo.
También,
la Corte Suprema de Justicia dictó los acuerdos plenarios N°
3-2010/CJ-116 y N° 7-2011/CJ-116, ambos sobre el delito de lavado de
activos y medidas de coerción reales, con el fin de uniformizar la
jurisprudencia en esta materia.
La estrategia
comprende, además, mejoras en los programas de capacitación a
magistrados, especialmente de los distritos judiciales en cuyos
territorios se desarrolla actividad minera como Tumbes, Sullana, Piura,
Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Santa y otras regiones del
sur del país.
Igualmente, la judicatura
peruana cumplió con acreditar a su representante ante la Comisión
Nacional de Bienes Incautados (Conabi), encargada de recibir, registrar y
administrar los bienes provenientes de delitos en agravio del Estado,
como el de minería ilegal, lavado de activos y narcotráfico.
Integró,
también, la comisión especial que formuló un nuevo marco legal contra
el lavado de activos, cuyo resultado fue la expedición del Decreto
Legislativo N° 1106, referida a la lucha eficaz contra el lavado de
activos y otros delitos relacionados con la minería ilegal y el crimen
organizado.
Comunicación
El
PJ invocó a padres y tutores mantener más diálogo con sus hijos del
Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima para una efectiva
rehabilitación.
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